Libertad de asociación.
Amnistía Internacional denuncia nueva normativa en Venezuela que obliga a las organizaciones civiles a inscribirse en un registro.
663 organizaciones han pedido que se derogue la normativa, teniendo presente que, en los últimos años, todas las vías constitucionales para lograr su anulación en los tribunales locales han resultado inútiles a causa de la falta de independencia judicial y del estricto control que el ejecutivo ejerce sobre el poder judicial.

El Gobierno de Venezuela dictó una Providencia Administrativa que ordena a todas las organizaciones de la sociedad civil cumplir con la inscripción en un registro para el 1 de mayo de 2021, normativa que recibe el nombre de “Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo”, que fue publicada el 30 de marzo de 2021.
En síntesis, ordena que todas las personas naturales y jurídicas de carácter no financiero deben inscribirse en el registro mencionado antes del 1 de mayo, e impone varios controles que incluyen la entrega del acta de constitución, las actas de las asambleas celebradas, listas de miembros y personal, listas de donantes, registro de movimientos económicos y listas de todos los beneficiarios, como por ejemplo, las víctimas de violaciones de derechos humanos y quienes reciben ayuda humanitaria, y otras organizaciones con las que trabajen.
Amnistía Internacional denunció que esta normativa aplica una presunción de que, a través de las organizaciones civiles, se cometen delitos como el terrorismo o que las ONG son vulnerables a estos delitos, porque no están sujetas a la supervisión de un organismo público específico ni reguladas por una ley especial. Asimismo, que impone restricciones a las ONG, las organizaciones humanitarias y otros miembros de la sociedad civil venezolana, con el fin de controlar y limitar su trabajo en favor de víctimas de violaciones de derechos humanos, personas que reciben ayuda humanitaria y personas necesitadas.




