Ausencia de argumentos razonables.
Caso español: A propósito de un fallo que ordenó a empresario a readmitir a una trabajadora despedida por razón de sexo.
El juez sentencia que en el presente caso hay ?indicios sólidos de los que se infiere la sospecha de que la decisión empresarial que aquí se juzga, el despido de la demandante, ha podido constituir una reacción a su situación personal basada en prejuicios de que tal situación personal podría afectar a su futuro rendimiento en el trabajo?.

En una reciente publicación española se da a conocer el fallo que ordenó a empresario a readmitir a una empleada despedida por razón de sexo.
Se sostiene que el Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid dio la razón a una mujer, víctima de violencia de género fuera del trabajo, al declarar nulo su despido por resultar discriminatorio por razón de sexo. El juez condena al empresario a readmitirla en el puesto de trabajo, a abonarle los salarios devengados hasta que la readmisión tenga lugar y a indemnizarla tanto por los daños materiales como morales en una cantidad próxima a los 23.000 euros.
A continuación se explica que la sentencia establece que la empresa que contrató a la mujer decidió despedirla sólo unos días después de que ésta le comunicara que debía ausentarse del trabajo para desplazarse a Palma de Mallorca –donde la empleada tiene su residencia habitual-, para asistir como perjudicada a un juicio en un juzgado de Violencia sobre la Mujer por un delito leve de injurias de género. Tras ganar ese juicio, recibió la carta de despido en la que la empresa alegaba para poner fin a la relación contractual una “disminución en el rendimiento”.
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