Diario Constitucional

Con salvamiento de voto.

CC de Colombia acogió tutela y acción popular ordenando la repatriación desde España de colección de 122 piezas arqueológicas llamada “Tesoro Quimbaya”.

La decisión fue adoptada con el salvamiento de voto del Magistrado Bernal Pulido.

Por Redacción·06 de noviembre de 2017·5 min de lectura
CC de Colombia acogió tutela y acción popular ordenando la repatriación desde España de colección de 122 piezas arqueológicas llamada “Tesoro Quimbaya”.
Referencial

La Corte Constitucional de Colombia acogió la acción de tutela incoada por un ciudadano contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, debido a la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso, en el trámite de la acción popular instaurada contra La Nación -Presidencia de la República de Colombia, Departamento Administrativo de la Presidencia de la República- y el Ministerio de Relaciones Exteriores, trámite al cual fue vinculado el Ministerio de Cultura.

Cabe recordar que en el proceso de acción popular, el accionante solicitó la protección de los derechos colectivos de los colombianos a la moralidad administrativa y al patrimonio público, vulnerados con la entrega de 122 piezas arqueológicas que forman parte del Patrimonio Cultural denominado “Tesoro Quimbaya”, efectuada por el Presidente de la República (e), Carlos Holguín Mallarino, a la Reina Regente del Reino de España, María Cristina de Habsburgo-Lorena, el 4 de mayo de 1893.

En su sentencia, la CC colombiana llevó a cabo un examen en torno a la configuración de las causales específicas de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales invocadas por el actor y efectivamente constató que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección A de la Sección Primera, incurrió en una violación directa de la Constitución, al desconocer la obligación constitucional que le imponía aplicar al caso concreto los artículos 63, 72 y 88 de la Carta Política, relativos a la protección del patrimonio público y cultural, así como de los instrumentos jurídicos para su salvaguarda. A dicha resolución se arribó al verificar el problema jurídico en función de diversos ejes temáticos en derecho constitucional e internacional, a partir de los cuales se concluyó que el patrimonio cultural es el legado ancestral que los habitantes de un territorio conservan como su fuente de memoria e identidad y, por tanto, constituye la esencia y razón de una Nación. En tal sentido, la Constitución impone al Estado y a los ciudadanos el deber de proteger las riquezas culturales propias, categoría en la cual está inserta la colección de piezas Quimbaya que fue entregada a España en 1893.

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