Derecho fundamental.
CC de Colombia acogió tutela y ordena a una serie de autoridades municipales y empresas públicas asegurar abastecimiento de agua potable para comunidad.
La accionante sostuvo que la omisión de las recurridas en adoptar medidas con el fin de corregir los problemas del acueducto veredal vulnera el derecho fundamental al agua potable de la comunidad.

La Corte Constitucional de Colombia acogió la acción de tutela incoada por la Personera Municipal de Urrao, en nombre de los habitantes de las veredas La Venta y El Saladito, contra la Alcaldía Municipal de Urrao y las Empresas Públicas de Urrao E.S.P., debido a que no han realizado las gestiones que les corresponde en relación con los problemas que imposibilitan el acceso al agua potable a los habitantes.
Cabe recordar que la peticionaria había presentado una acción de tutela ante el Juzgado Promiscuo Municipal de Urrao, la que fue declarada improcedente por considerar que no se demostró que la acción de tutela se ejerció para evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable, por lo que corresponde que la parte interesada acuda al proceso de servidumbre de agua que reglan las normas civiles.
En su libelo, la accionante sostiene que la omisión de las recurridas en adoptar medidas con el fin de corregir los problemas del acueducto veredal vulnera el derecho fundamental al agua potable de la comunidad.
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