Vulnera debido proceso.
CC de Colombia declaró inexequibilidad de norma sobre presunción de conocimiento sólo por revisar expedientes.
El fallo concluye expresando que el legislador excedió los límites de su potestad de configuración.

La Corte Constitucional de Colombia declaró la inconstitucionalidad de la disposición que establecía que por el sólo hecho de recibir copias o revisar el expediente de responsabilidad administrativa regulada por la ley, los sujetos procesales se presumían como notificados.
En su sentencia, la Magistratura Constitucional, adujo en lo grueso que la norma demandada implicaba una drástica limitación a la garantía de la publicidad de las decisiones en contra del investigado dentro del trámite regulado por la Ley, toda vez que dicho conocimiento era solamente un supuesto. Ello por cuanto, a partir del test de proporcionalidad, se constataba que ésta resultaba incompatible con la Constitución, ya que a través de esta presunción “no seguía, con certeza y de forma necesaria, el conocimiento efectivo de las respectivas decisiones y, mucho menos, de las obrantes dentro del proceso”.
De esa manera, el fallo concluye expresando que el legislador excedió los límites de su potestad de configuración, por lo que la disposición objeto de control fue declarada contraria a la Carta Fundamental, procediendo a declararla inexequible.
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