Diario Constitucional

Dignidad de menores.

CC de Colombia establece que colegios pueden sancionar a estudiantes que afecten la intimidad en redes sociales.

La Corte dice que no se viola el derecho a la educación cuando un colegio expulsa a un estudiante por la utilización indebida de las redes sociales, como compartir una foto íntima en un chat.

Por Redacción·06 de julio de 2018·2 min de lectura
CC de Colombia establece que colegios pueden sancionar a estudiantes que afecten la intimidad en redes sociales.
Referencial

De acuerdo a la Corte Constitucional de Colombia las instituciones educativas están facultadas para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales.

La Corte dice que no se viola el derecho a la educación cuando un colegio expulsa a un estudiante por la utilización indebida de las redes sociales. “El escenario de las redes sociales expone a quienes lo usan a situaciones que, en un principio, pudieron no ser presupuestadas y que pueden llegar a implicar afectaciones a la dignidad de las personas cuando superan el ámbito de lo privado”, explicó el alto Tribunal.

Los colegios, en criterio de la Corte Constitucional, están facultados para aplicar el manual de convivencia cuando los estudiantes afecten la dignidad de otro estudiante por medios digitales, garantizando, en todo caso, el derecho al debido proceso.

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