Con salvamiento de voto.
CC de Colombia rechazó nulidad de sentencia que ordenó anulación de actos privados sobre terrenos baldíos de antigua hacienda.
La decisión fue adoptada con el salvamiento de voto del magistrado Guerrero Pérez, quien se apartó de lo sentenciado.

La Corte Constitucional de Colombia negó la solicitud de nulidad contra la sentencia SU 235 de 2016, la cual ordenó la cancelación de los registros de propiedad de los predios baldíos de la antigua hacienda Bellacruz.
Los solicitantes adujeron que la sentencia impugnada vulneró su derecho al debido proceso, dado que profirió una decisión que los afectó, a pesar de que ellos no fueron convocados a participar en el proceso de tutela. Así, señalaron que al ordenarse la anulación de los actos privados posteriores al 20 de abril de 1994, fue cancelado el registro de la escritura pública del 2 de mayo de 1995, mediante la cual el INCORA le compró a la Familia Marulanda Ramírez los predios San Antonio, Santa Helena, Los Cacaos y San Carlos. Además, también fue cancelado el registro de adjudicaciones que el INCORA les reconoció de los referidos predios privados.
En su sentencia, la Magistratura constitucional colombiana precisó que la sentencia SU 235 de 2016 no contiene ninguna orden relacionada con los predios que el INCORA le compró a la Familia Marulanda Ramírez, y que posteriormente fueron adjudicados a los solicitantes de la nulidad.
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