Diario Constitucional

Opinión.

Chile GPT 3.5, por Robinson Quintana Cueto.

Las inteligencias artificiales (IA) han marcado desafíos a los distintos ordenamientos jurídicos, imposibilitando la debida protección a los derechos de autores sobre sus obras artísticas, quienes han recurrido a tribunales ante el uso indiscriminado de obras para entrenar estos sistemas (IA). Este artículo plantea esta problemática, y la necesidad de la creación de normativas capaces de asegurar la coexistencia justa y beneficiosa entre tecnología y creatividad.

Por Robinson Quintana Cueto·10 de junio de 2024·7 min de lectura
Imagen: olhardigital.com.br
Referencial

Pensemos por un momento en lo siguiente: usted disfrutaba de un café en su oficina, cuando de pronto llega el reconocido artista urbano “Bad Doggy”, quien le manifiesta que, en horas de la noche, mientras navegaba por la web, escuchó una canción excelente, pero que, para su desconcierto, voz principal era él. Lo anterior le ha causado especial molestia, toda vez que no recuerda dicha canción o haber cantado algo así jamás. Esta canción habría sido generada a través de una inteligencia artificial (IA), por lo que le pide su consejo. ¿Qué consejo le daría? ¿A quién debería demandar? ¿Existe protección para este caso?.

Esta problemática es cada vez más común de lo que pensamos, y está dado por el impresionante desarrollo de la tecnología, la cual cada año crece de forma exponencial, tal como lo predijo la ley de Moore[1], y que podríamos ejemplificar como una carrera en la que la tecnología iría a bordo de un Ferrari, mientras que nuestro ordenamiento jurídico, por el poco conocimiento y falta de regulación especializada, monta en una bicicleta. Algo que sin duda está generando consecuencias para los derechos de las personas.

El caso expuesto no es solo un ejemplo teórico, sino una situación viable en la actualidad y que ha llevado a discordias en el mundo de los artistas, toda vez que los sistemas de inteligencia artificial se valen de obras de terceros para su entrenamiento, produciendo que múltiples autores demanden a las empresas dueñas de estos sistemas al percatarse de que sus obras podrían estar siendo copiadas. Pese a lo anterior, en países como Estados Unidos, los tribunales no han entregado resultados positivos a dichas personas, como es el caso del juez William, Orrick, quien indicó respecto a una causa que está siendo sometida a su conocimiento que “podría desestimar la mayor parte de la demanda, dado que estos sistemas habían sido entrenados con cinco mil millones de imágenes comprimidas” (BEDINGFIELD 2023), por lo que sería necesario que los demandantes aportaran mayores antecedentes para acreditar los hechos, lo que entendemos que debido al hermetismo de las empresas dueñas de estas IA podría llegar a ser complejo.

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