Diario Constitucional

Temas públicos.

Chile y el Acuerdo de Escazú, es el título de una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo.

En ella se plantea que parece razonable postergar la suscripción de un tratado que aún no entra en vigor.

Por Redacción·10 de octubre de 2020·2 min de lectura
Imagen: cambioclimaticochile.cl
Referencial

El Acuerdo de Escazú es un tratado de derechos humanos que tiene por objeto consagrar y proteger los derechos de acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales y contiene disposiciones específicas sobre el resguardo y protección de los denominados “defensores de derechos humanos” en asuntos ambientales.

El Acuerdo obliga a los Estados Parte a adoptar las medidas legislativas y administrativas necesarias para el pleno goce y respeto de los derechos de acceso consagrados por él, no pudiendo la legislación interna del Estado ir contra o limitar los derechos garantizados por tratarse de una protección a derechos humanos.

En una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo se plantea que parece razonable postergar la suscripción de un tratado que aún no entra en vigor, sin que antes se hayan identificado y discutido adecuadamente sus consecuencias para Chile, y se llegue a un consenso o acuerdo para establecer las disposiciones que se requieren para su implementación en el derecho interno, evitando los evidentes problemas de incertidumbre jurídica que suscitará la entrada en vigencia del Acuerdo.

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