Diario Constitucional

Mecanismo procesal para su protección es el amparo.

Chimpancé que padece “depresión” en un zoológico privado debe ser trasladado a un santuario para primates, resuelve un Tribunal argentino.

El nuevo paradigma ambiental lleva cada vez más a reconocer que los animales no pueden ser tratados por sus dueños como cosas inanimadas. Los derechos constitucionales comprometidos y objetos de protección resultan el ambiente, la biodiversidad y la fauna en peligro de extinción, por lo que se evidencia que el mecanismo procesal para su protección es el amparo.

Por Redacción·10 de febrero de 2023·4 min de lectura
imagen: clarin.com
Referencial

El Juzgado de Familia de General Roca (Argentina) acogió el habeas corpus deducido en favor de un chimpancé que se encontraba cautivo y en malas condiciones. Ordenó su traslado a un recinto especializado en primates de gran envergadura.

Toti, un chimpancé de 33 años de edad, se encontraba confinado en un zoológico privado sin otros miembros de su especie. Muchos especialistas aseguraban que el animal estaba deprimido a causa de su soledad, por lo que era conocido como el “chimpancé de mirada triste”. Ello motivó que un grupo de abogados animalistas dedujera un recurso en sede judicial para lograr su traslado a un lugar acorde con sus necesidades.

En su presentación, señalaron que “(…) su estado de salud físico y psíquico se encuentra deteriorado y empeorando día a día, con riesgo de vida. Es deber del Estado ordenar su libertad a fin de impedir el resultado trágico, so pena de posibles responsabilidades ulteriores que puedan surgir por parte de aquellas personas que lo tienen ilegalmente cautivo, como de aquellos que omitan realizar sus deberes funcionales para garantizar su bienestar animal. El Hábeas Corpus puede ser solicitado por el afectado, o por cualquiera en su favor”.

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