En el Día Internacional del Derecho a la Verdad.
CIDH: Indultos, conmutaciones de pena y beneficios carcelarios indebidos son una forma de impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos.
La CIDH y el Experto de la ONU vienen observando diferentes medidas que impiden, limitan o afectan la ejecución de las penas determinadas en las sentencias condenatorias emitidas. En concreto, se advierten iniciativas legislativas que, de manera genérica, procuran indultar a perpetradores o alterar el régimen de cumplimento de la pena con base en la edad de la persona privada de libertad.

En el Día Internacional del Derecho a la Verdad que se celebró hace unos días en relación con las Violaciones Graves de los Derechos Humanos y la Dignidad de las Víctimas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Relator Especial de Naciones Unidas sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición (Relator Especial o Experto de la ONU) llaman a los Estados a cumplir con las sentencias judiciales que condenan a quienes resultan responsables por las graves violaciones a los derechos humanos y los crímenes internacionales. En ese sentido, instan a los Estados a no otorgar perdones, indultos humanitarios o beneficios indebidos a los autores materiales e intelectuales de estos tipos de delitos.
La CIDH y el Experto de la ONU reconocen que en la región existen importantes ejemplos de investigación, juzgamiento y sanción de estos crímenes, que han contribuido a esclarecer la verdad a las víctimas y la sociedad y han establecido sanciones efectivas y proporcionales a la gravedad de lo sucedido. No obstante, los avances son aún escasos respecto a la cantidad de casos ocurridos en dictaduras y conflictos armados. En tal sentido, la Comisión Interamericana y el Relator Especial de la ONU destacan que las causas judiciales de esta naturaleza suelen enfrentar múltiples desafíos, que incluyen sistemas legales y regímenes procesales inadecuados o directamente diseñados para favorecer a la impunidad, obstáculos probatorios, el fallecimiento de las personas perpetradoras y testigos por el paso del tiempo, entre otros.
En este contexto, la CIDH y el Experto de la ONU vienen observando diferentes medidas que impiden, limitan o afectan la ejecución de las penas determinadas en las sentencias condenatorias emitidas. En concreto, se advierten iniciativas legislativas que, de manera genérica, procuran indultar a perpetradores o alterar el régimen de cumplimento de la pena con base en la edad de la persona privada de libertad. La Comisión y el Relator Especial de la ONU también han tomado conocimiento sobre algunas decisiones judiciales que otorgan indebidamente ciertos beneficios, como la reducción anticipada de la pena, la libertad condicional o el arresto domiciliario, sin la constatación efectiva de los requisitos legales y convencionales indispensables.
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