Derecho indígena.
Corte Constitucional de Ecuador se refiere a la jurisdicción indígena y a la legitimidad de las autoridades indígenas.
Las autoridades indígenas cuentan con legitimidad para ejercer funciones jurisdiccionales siempre que sean designadas mediante el derecho propio y las prácticas ancestrales de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

La Corte Constitucional de Ecuador rechazó por falta de objeto la demanda de acción extraordinaria de protección interpuesta en contra de la resolución dictada por la Corporación de Gobiernos y Comunidades del Cantón Otavalo (CORDEGCO), la que pretendía condenar al recurrente por el delito de calumnia.
El caso se refiere a la resolución emitida por CORDEGCO, un órgano del pueblo kichwa Otavalo, por medio de la cual “condenó” a un empresario por el delito de calumnia al pago de 1.800.000 dólares y un castigo consistente en “baño de agua fría, desnudo, ortiga, fuete y cargar arena por dos kilómetros, ida y vuelta, ante la presencia de la prensa y televisión y el trabajo comunitario por el período de dos años”.
En contra de esta decisión, el recurrente dedujo una acción extraordinaria de protección. Refiere que no es indígena, que no cometió delito alguno, y que CORDEGCO no tiene atribución alguna para imponer sanciones penales.
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