Independencia judicial.
TJUE condenó a Polonia a pagar diariamente a la Comisión Europea un millón de euros por no haber suspendido el funcionamiento de la sala disciplinaria del Tribunal Supremo.
El cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas en julio de 2021 es necesario para evitar un perjuicio grave e irreparable al ordenamiento jurídico de la Unión Europea y a los valores en los que se basa dicha Unión.

El vicepresidente del Tribunal Europeo de Justicia condenó a Polonia al pago de 1.000.000 de euros diarios hasta el momento en que cumpla sus obligaciones derivadas de la sentencia de 14 de julio de 2021, la que dispuso una serie de medidas cautelares, entre ellas, la suspensión de las actividades de la sala disciplinaria del Tribunal Supremo de Polonia.
El caso se refiere a las reformas legislativas impulsadas por el gobierno polaco, las que tuvieron como consecuencia una reestructuración del poder judicial. En el año 2019 el TJUE había fallado que el Derecho de la Unión Europea se oponía a que los asuntos relativos a la aplicación del Derecho de la Unión sean competencia exclusiva de un tribunal que no es ni independiente ni imparcial. Posteriormente, consideró que la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo de Polonia no podía considerarse un órgano jurisdiccional en el sentido del Derecho de la Unión, atendido a las circunstancias en las que se constituyó, del alcance de sus competencias y de su composición.
Luego, en julio del año 2021, el TJUE, tras considerar que la legislación nacional que había modificado el sistema judicial polaco era contraria al derecho de la UE, ordenó al Estado de Polonia adoptar una serie de medidas provisionales, entre ellas, la suspensión de las actividades de la sala disciplinaria del Tribunal Supremo.
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