Extradición.
Corte de Casación de Francia declara que no es posible extraditar a un solicitante de asilo que tiene protección subsidiaria.
Cuando la persona buscada corre el riesgo de ser sometida a un trato inhumano y degradante en caso de extradición a su país de origen, los tribunales deben desestimar la solicitud de extradición.

El caso se refiere a un ciudadano de nacionalidad albanesa que fue detenido en Francia, en ejecución de una orden de registro relativa a una solicitud de detención provisional de las autoridades albanesas con el fin de ejecutar una condena de cuatro años y ocho meses de prisión. El recurrente se opuso a su extradición, esgrimiendo que se le había concedido protección subsidiaria, por lo que no podía ser extraditado mientras esta subsista.
La sentencia recurrida señaló que la concesión de la protección subsidiaria tenía como efecto la prohibición de su entrega durante el período de la protección concedida, pero dicha prohibición –estimó– no afecta la legalidad de la solicitud de extradición.
La Corte de Casación consideró que la sentencia recurrida infringía, entre otros preceptos, el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 696-15 el Código de Procedimiento Penal.
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