Libertad ambulatoria.
Corte de Inmigración de Miami acogió solicitud presentada por cubanos para regularizar su situación migratoria bajo la Ley de Ajuste Cubano de 1966.
La cuestión reside en el reconocimiento de la libertad bajo palabra (o juramento), otorgada en la frontera por el inmigrante, como una tarjeta de libertad condicional o “parole”. De ser así, se abre un camino hacia la “green card” para decenas de miles de inmigrantes.

El Juez Timothy Cole hizo lugar a la solicitud de inmigrantes cubanos para que se reconociera su liberación bajo palabra en la frontera, como el primer paso para acceder a la residencia.
Primeramente, cabe hacer presente que la Ley de Ajuste Cubano de 1966, les permite solicitar, a inmigrantes de dicha nacionalidad, la residencia permanente tras un año de su entrada al país. En particular, da a los cubanos un estatus de privilegiado para ingresar a los EEUU siempre que fuera por un puesto fronterizo, no arriesgando su vida por el mar, y así regularizar su situación migratoria. No obstante ello, en 2017, Barack Obama canceló la orden ejecutiva (La política de pies secos, pies mojados)que permitía que un cubano que tratara de ingresar al país, no fuera deportado a Cuba y pudiera solicitar residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano, ya que la normalización de relaciones entre Washington DC y la Habana, no permitía que estos resabios de la Guerra Fría siguieran vigentes.
En este sentido, los razonamientos presentados en las solicitudes expresan que las autoridades no tienen otro poder fuera de la 212 (d)(5) – la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), en su sección 212 (d)(5) otorga a los oficiales la potestad de dejar a una persona libre bajo palabra o bajo fianza, por ejemplo en el caso de familias o niños no acompañados- que les permite dejar a las personas libres y, en ese caso, corresponde reconocerle a esa persona su “parole”. Luego, si cumple con los requisitos para ser candidata a solicitar una residencia, ya sea abajo el “ajuste cubano” o bajo la petición familiar de un espeso, hijo mayor de edad ciudadano estadounidense, o cualquier otra fórmula, la persona puede siempre ajustar su estatus.




