Factores de vulnerabilidad.
Corte IDH declara responsabilidad internacional de Ecuador en caso de menor contagiada con VIH.
La Corte IDH declaró la responsabilidad del Estado ecuatoriano, en el marco del Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró la responsabilidad del Estado ecuatoriano, en el marco del Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador, presentado a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 18 de marzo de 2014.
Al efecto, cabe recordar que el caso trata sobre Talía Gabriela Gonzales Lluy, una menor que a los tres años de edad fue contagiada con el virus del VIH al recibir una transfusión de sangre a la que no se le habían realizado pruebas serológicas. La sangre provenía de un banco de sangre de la Cruz Roja de la provincia del Azuay y la transfusión fue hecha en una clínica privada en el Ecuador. Para la época de los hechos, la Cruz Roja ecuatoriana tenía competencia exclusiva para administrar los bancos de sangre.
En su sentencia, la Corte IDH adujo que el banco de sangre del cual provino la sangre para Talía se encontraba insuficientemente supervisado e inspeccionado por el Estado, lo que dio lugar a que éste continuara funcionando en condiciones irregulares. Esta grave omisión del Estado permitió que sangre, que no había sido sometida a los exámenes de seguridad más básicos, como el de VIH, fuera entregada a la familia de Talía para la transfusión, con el resultado de su infección y el consecuente daño permanente a su salud.
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