Decreto Federal 7.053/2009.
Corte Suprema de Brasil ordena a entidades federativas del país tomar medidas inmediatas para asistir a las personas en situación de calle.
Deberán garantizar la seguridad personal y la propiedad de esta población dentro de los albergues institucionales existentes, incluido el apoyo a sus animales. Además, deberán prohibir la recogida forzada de bienes y pertenencias, el traslado y transporte forzoso de personas sin hogar y el uso de técnicas hostiles contra esta población.

El Supremo Tribunal Federal de Brasil solicitó a las autoridades de todos los niveles del Estado acatar de manera inmediata las directrices del Decreto Federal 7.053/2009, que establece la “Política Nacional de la Población Sin Hogar” cuyo fin es proveer asistencia general a las personas en situación de calle en todo el territorio brasileño. Hasta el año 2020 solo 5 Estados, de un total de 27, habían adherido a esta política nacional.
La decisión fue tomada a raíz de una demanda presentada por la Red de Sostenibilidad, el Partido Socialismo y Libertad (PSOL) y el Movimiento de los Trabajadores Sin Hogar (MTST), que acusaron a las autoridades de mostrar inacción frente a la realidad de las personas sin hogar en Brasil. En su libelo atribuyeron las condiciones inhumanas a las que están sometidos a “omisiones estructurales de los tres niveles federales de los Poderes Ejecutivo y Legislativo”, motivo por el cual solicitaron la adopción de medidas urgentes.
Al resolver esta demanda, el ministro Alexandre de Moraes dio un plazo de 120 días a las autoridades para que elaboren un plan de acción y seguimiento que permita implementar de forma efectiva las directrices del Decreto, con medidas que respeten las especificidades de los distintos grupos familiares para evitar su separación. Además, deberán hacer observancia de los derechos humanos y de la Constitución Federal.
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