Investigación penal en curso.
Corte Suprema de Perú desestimó la cuestión previa planteada por la defensa del ex presidente Pedro Castillo.
No tienen sustento los argumentos de la defensa toda vez que dadas las circunstancias como sucedieron los hechos; un inesperado mensaje a la Nación contraviniendo el principio de separación de poderes y una intervención en flagrancia delictiva con indicios de fuga, hicieron evidente la necesidad del pronunciamiento parlamentario.

La Corte Suprema de Perú desestimó la cuestión previa deducida por la defensa de Pedro Castillo al considerar que la detención del ex mandatario y la investigación preparatoria se ajusta a la legalidad.
El abogado de Castillo fundó su presentación en la falta de un proceso de antejuicio político necesario para que fuera privado de libertad. Alega que se ordenó su detención cuando aún contaba con inmunidad presidencial. Adujo que tampoco le fue permitido ejercer su derecho de defensa en sede parlamentaria. Los antecedentes, a su juicio, ameritan la nulidad de todo lo obrado en el proceso.
Agregó que “(…) la detención dura 24 horas en flagrancia por lo que el 8 de diciembre a las 13:40 horas se venció la flagrancia, y en ese momento no se respetaron los artículos 99 y 100 de la Constitución; reitera que el 12 de diciembre el Congreso emitió la resolución 02- 2022 de la misma fecha, donde se indica que hay cuatro procesados y de éstos solo su patrocinado fue sustraído por estar en flagrancia”.
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