Diario Constitucional

Defensor del Pueblo no se encuentra legitimado.

CS de Argentina acogió recurso extraordinario y rechazó demanda del Defensor del Pueblo del Chaco contra resolución adoptada en materia tarifada por el Ministerio de Energía y Minería.

La Corte Suprema argentina declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda.

Por Redacción·02 de julio de 2019·1 min de lectura
CS de Argentina acogió recurso extraordinario y rechazó demanda del Defensor del Pueblo del Chaco contra resolución adoptada en materia tarifada por el Ministerio de Energía y Minería.
Referencial

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina acogió el recurso extraordinario deducido por el estado nacional contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que acogió la demanda deducida por el Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco.

En su sentencia, el máximo Tribunal trasandino indicó, en síntesis, que los agravios del Estado Nacional, relativos a la falta de legitimación del señor Defensor del Pueblo de la Provincia del Chaco para cuestionar judicialmente resoluciones adoptadas en materia tarifaria por autoridades de carácter nacional, resultan procedentes a la luz de lo decidido en sentencias anteriores, entre ellas las causas “Defensor del Pueblo y otro”, a cuyas consideraciones y conclusiones remitió en razón de brevedad.

Por lo anterior, la Corte Suprema argentina declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda.

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