Decaimiento del procedimiento administrativo sancionador.
CS dejó sin efecto multa cursada por la SEC que fue impuesta luego de transcurridos más de dos años desde que empresa eléctrica formuló sus descargos. Revoca sentencia de la Corte de Valparaíso.
Una empresa eléctrica reclamó ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por una multa que le fue impuesta después de dos años y nueve meses desde que en el proceso administrativo sancionador aquella formulara sus descargos. El reclamo fue desestimado por el Tribunal de Alzada de…

Una empresa eléctrica reclamó ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles por una multa que le fue impuesta después de dos años y nueve meses desde que en el proceso administrativo sancionador aquella formulara sus descargos.
El reclamo fue desestimado por el Tribunal de Alzada de Valparaíso, pero la Corte Suprema revocó tal decisión.
El fallo tiene presente que el plazo que tardó la Superintendencia recurrida para ejercer la potestad sancionatoria “excede todo límite de razonabilidad” y contraria “diversos principios del derecho administrativo obligatorios para la Administración”, como son “el principio del debido proceso, pues resulta indudable que para que exista un procedimiento racional y justo la sentencia debe ser oportuna”; y los “principios de eficacia, eficiencia, celeridad y inexcusabilidad”.
Te puede interesar

Primera Sala.
TC declaró inadmisible requerimiento de inaplicabilidad de precepto legal contenido en el Decreto Ley 3.500 por no cumplir con la exigencia de contener una impugnación razonablemente fundada.

Transparencia electoral.
Proponen incluir la filiación política de cada candidato en la propaganda electoral y sancionar con multa a beneficio municipal al infractor.

Por la CIDH.
Ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos se presentó demandada en contra del Estado de Chile en el caso de la jueza Atala.

