Diario Constitucional

Caso relativo a las elecciones de 2020 y asalto al Capitolio.

Donald Trump no posee inmunidad procesal en caso de interferencia electoral, resuelve Corte estadounidense.

Una vez fuera de la presidencia se convierte en un ciudadano común y corriente, sujeto a las mismas leyes y defensas que cualquier otro acusado en sede penal. Cualquier inmunidad ejecutiva que pudiera haber protegido a Trump durante su mandato ya no lo ampara contra procesos judiciales.

Por Redacción·09 de febrero de 2024·2 min de lectura
imagen: clarin.com
Referencial

La Corte de Apelaciones para el Circuito de Columbia (Estados Unidos) emitió un fallo crucial en relación con el caso de interferencia federal en las elecciones de 2020, que involucra al ex presidente Donald Trump. En una decisión unánime, el tribunal determinó que Trump no goza de inmunidad procesal absoluta por las acciones que realizó en el ejercicio de sus funciones oficiales como presidente de Estados Unidos.

El ex presidente Trump enfrenta cuatro cargos penales por su participación en un esfuerzo concertado para mentir al público estadounidense sobre los resultados de las elecciones de 2020, y por su papel en el asalto al Capitolio ocurrido en 2021, cuando miles de sus partidarios asaltaron la sede del Congreso.

El tribunal confirmó la decisión previa de la jueza de distrito, quien estableció que los ex presidentes no están exentos de la responsabilidad penal federal. Específicamente, el tribunal declaró que Trump, una vez fuera de la presidencia, se convierte en un ciudadano común y corriente, sujeto a las mismas leyes y defensas que cualquier otro acusado en sede penal. Además, se enfatizó que cualquier inmunidad ejecutiva que pudiera haber protegido a Trump durante su mandato ya no lo ampara contra procesos judiciales.

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