Diario Constitucional

En virtud de un informe de la CIDH.

Ecuador debe garantizar el derecho a la asistencia jurídica letrada bajo los estándares del derecho internacional de los derechos humanos, resuelve la Corte Constitucional de Ecuador.

Uno de los temas centrales desarrollados por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), es la asistencia jurídica letrada y efectiva, la cual consiste en el derecho de las personas privadas de libertad de contar con una defensa técnica que no solo haya sido designada, sino que actúe eficazmente durante el proceso.

Por Redacción·08 de noviembre de 2023·3 min de lectura
imagen: archivos.juridicas.unam.mx
Referencial

La Corte Constitucional de Ecuador acogió la acción deducida contra el Estado por incumplir las recomendaciones contenidas en un informe evacuado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Dictaminó que el Estado ecuatoriano ha incumplido la obligación de continuar brindando asistencia jurídica al actor afectado, de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos.

En 2008, la CIDH evacuó un informe de fondo preliminar en el que declaró la violación de los derechos humanos de un hombre que sufrió apremios por parte del Estado ecuatoriano. Según los hechos narrados, estuvo detenido en condiciones inhumanas y posteriormente fue deportado a Estados Unidos en forma ilegal. La CIDH estimó vulnerados sus derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, nacionalidad, circulación y residencia.

Por lo anterior, realizó una serie de recomendaciones al Estado, tras concederle múltiples prórrogas para cumplirlas, entre ellas, reconocer su responsabilidad en los hechos y brindar asistencia jurídica al afectado. Este estimó incumplida la recomendación, motivo por el cual accionó contra el Estado en sede constitucional.

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