España.
El TS de Justicia de Canarias declara nulo el despido de una trabajadora embarazada con contrato fijo bajo modalidad discontinua.
La sentencia establece que el no contratarla supone un “despido tácito” por su situación de gestación, lo cual supone una discriminación que viola los derechos constitucionales.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha declarado nulo el despido de una trabajadora con contrato fijo bajo modalidad discontinua, al considerar que la razón por la que no fue contratada por una empresa emisora para una campaña de incendios el año 2016, fue su embarazo.
Cabe señalar, que la trabajadora, quien daba la comunicación en los casos de incendio y se desempeñaba en turnos de mañana, tarde y noche, previamente ya había sido contratada por la misma empresa en tres ocasiones bajo la modalidad contractual de Obras y Servicios Determinados.
La sentencia sostiene que cuando la trabajadora fue requerida en 2016 para la nueva campaña y se le comunicó que debía pasar el reconocimiento médico, se constató que estaba embarazada y, tras la evaluación, determinaron que no era apta para desempeñar el puesto de trabajo.
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