Diario Constitucional

Deberán comercializarse puertos de

Entra en vigor normativa de la Unión Europea que estandariza uso y comercialización de puertos USB.

El reglamento también contempla disposiciones relativas a la interoperabilidad de la tecnología de carga rápida. Los dispositivos deberán garantizar un nivel uniforme de velocidad de carga al utilizar cualquier cargador compatible, en aras de asegurar la estandarización técnica.

Por Redacción·02 de enero de 2025·2 min de lectura
imagen: mobileworldlive
Referencial

El 28 de diciembre de 2024 entró en vigor en la Unión Europea (UE) la normativa que establece la obligatoriedad de equipar determinados dispositivos electrónicos con un puerto de carga USB Tipo-C. Así, el Reglamento aprobado se enmarca en la Directiva sobre cargadores comunes adoptada por el Consejo de la UE en octubre de 2022, cuyo objetivo principal es la armonización de los estándares de carga en el territorio del bloque comunitario.

La normativa establece que todos los teléfonos móviles, tabletas, cámaras digitales, auriculares, altavoces portátiles, teclados, mouse, sistemas de navegación portátiles, cascos y auriculares internos que sean comercializados en los 27 Estados miembros deberán incorporar dicho puerto. Además, la obligación se ampliará a los ordenadores portátiles a partir del 28 de abril de 2026.

El reglamento también contempla disposiciones relativas a la interoperabilidad de la tecnología de carga rápida. Los dispositivos deberán garantizar un nivel uniforme de velocidad de carga al utilizar cualquier cargador compatible, en aras de asegurar la estandarización técnica.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.