Delito de quebrantamiento de condena.
Hombre que envió una solicitud de seguimiento en Tik Tok a su ex pareja, a pesar de estar sujeto a una orden de alejamiento por violencia de género, se condena por Tribunal español.
Tras analizar el testimonio de la denunciante y su familia, así como la guía del funcionamiento de la red social Tik Tok, ninguna duda cabe albergar en cuanto a que las solicitudes de seguimiento no se producen de forma automática sino que son fruto de una acción expresa por parte de otro usuario que quiere contactar.

La Audiencia Provincial de Castellón de la Plana (España) desestimó el recurso de apelación deducido por un hombre que intentó tomar contacto con su ex pareja, a pesar de estar sujeto a una orden de alejamiento por violencia de género. Dictaminó que el envío de una solicitud de amistad en Tik Tok configuró un quebrantamiento de su condena.
El hombre había sido condenado en primera instancia por el delito de amenazas tras ejercer violencia contra su ex pareja. Por ello, se le prohibió acercarse a la mujer, su lugar de residencia, trabajo u otros lugares frecuentados por ella, a una distancia menor de 300 metros, además de la prohibición de comunicarse por cualquier medio durante el lapso de 2 años.
Sin embargo, en un segundo proceso judicial, se constató que el acusado, siendo plenamente consciente de las restricciones impuestas, solicitó amistad a su ex pareja a través de la aplicación TikTok, infringiendo así la sentencia previa.
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