Opinión.
Independencia fiscal y allanamiento de estudios de abogados en el Perú, por Rafael Rodríguez.
Para que los allanamientos a lugares de trabajo de estos profesionales no vulneren el derecho-deber o garantía-derecho del secreto profesional, deben haber sido previamente autorizados por el juez, cuya decisión deberá tener una fundamentación cualificada, que justifique la acción y detalle el ámbito de acción de los fiscales, a fin que el profesional pueda preservar, en todo momento, aquella información relacionada con el secreto profesional que está obligado a proteger.

Hace algunos días el Tribunal Constitucional (TC) ha emitido la STC N° 04382-2023-PA/TC (Caso Arsenio Oré Guardia) mediante la cual ha expuesto importantes consideraciones sobre el contenido y alcances de dos instituciones de la mayor relevancia jurídica para el proceso penal en el Perú: 1) Independencia Fiscal; y 2) Allanamiento de Estudios de Abogados (Secreto Profesional).
Al respecto, dada la importancia que para el Derecho Constitucional y Penal tiene este pronunciamiento del TC, aprovecharemos la oportunidad para sintetizar los argumentos vertidos por el supremo intérprete de la Constitución sobre esta materia.
El caso
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