Google no es responsable por publicaciones de terceros.
Demanda que médico “funado” interpuso contra Google es rechazada por un tribunal argentino: contenido agraviante fue eliminado del buscador, por lo que no tiene derecho a ser indemnizado.
Lo que publiquen terceros (expresiones, símbolos, artículos de opinión, imágenes, fotos, etc.) no acarrea la responsabilidad del buscador; y como tales publicaciones no pueden ser objeto de censura previa ni de vigilancia preventiva, el daño que generen no debe ser afrontado por la demandada.

La Cámara Civil y Comercial Federal (Argentina) desestimó el recurso de apelación interpuesto por un médico que demandó a Google por las “funas” y acusaciones de mala praxis vertidas en su contra en páginas de internet, las cuales estaban disponibles en el buscador de la compañía estadounidense. Rechazó otorgar una indemnización al recurrente, al constatar que el contenido agraviante había sido eliminado con anterioridad.
Un médico presentó una demanda contra Google en la que solicitó una indemnización de 1 millón de pesos argentinos. Adujo que el motor de búsqueda mostraba enlaces a sitios web que contenían información falsa sobre su persona, en las que se le acusaba de ser un «falso médico» y de incurrir en mala praxis. Según el profesional, estas publicaciones vulneraban su honor, imagen, nombre y dignidad, por lo que también solicitó que Google implementara medidas para prevenir la difusión futura de dichos contenidos.
En su contestación, Google alegó que había bloqueado las URLs que contenían difamaciones sobre la carrera del médico. No obstante, se negó a eliminar videos donde el médico aparecía en conflictos en la vía pública, argumentando que estos no estaban vinculados con su actividad profesional. El juez a cargo del caso rechazó la demanda presentada, por lo que el médico apeló el fallo en segunda instancia.
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