Daño ambiental.
La Corte Suprema de Argentina falló a favor de la protección de los humedales provinciales.
El fallo de la Corte establece que la resolución revocada incurre en una apreciación meramente ritual e insuficiente.

La Corte Suprema de Argentina, con la firma de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, dejó sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia entrerriano que rechazó un amparo interpuesto por un vecino de la Ciudad de Gualeguaychú con el objeto de que cesen las obras y se reparen los perjuicios ambientales producidos por la construcción de un proyecto inmobiliario en la ribera del Río Gualeguaychú.
Se trata del Barrio Náutico Amarras de Gualeguaychú, un proyecto inmobiliario de la empresa Altos de Unzué, localizado en el Municipio de Puerto General Belgrano, justo frente a la ciudad de Gualeguaychú, lindero al Parque Unzué, que abarca un área de 110 hectáreas, con 200 unidades departamentales, un hotel de 150 habitaciones, un paseo comercial, y áreas de recreación.
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