Opinión.
La justicia europea avala que los jueces actúen contra la inobservancia de los límites de polución en las ciudades.
La sentencia subraya que los órganos nacionales tienen competencia para controlar la elección de la ubicación de las estaciones de medición de la calidad del aire y para adoptar cualquier medida necesaria con respecto a la autoridad nacional en cuestión

En una reciente publicación del medio noticias.jurídicas.com se da a conocer el artículo “La justicia europea avala que los jueces actúen contra la inobservancia de los límites de polución en las ciudades”.
Se sostiene que en medio de la polémica sobre Madrid Central y la presión de ecologistas y ciudadanos en varias ciudades europeas por los altos índices de contaminación (un tribunal ha condenado a Francia por no proteger a una madre y su hija contra la polución), se ha hecho pública una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que establece que los órganos jurisdiccionales nacionales son competentes para adoptar cualquier medida respecto a las autoridades sobre la medición y límites de polución en aplicación de la Directiva de 2008 relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa. Según el Tribunal europeo la norma establece reglas detalladas y obligaciones claras, precisas e incondicionales, de modo que los particulares pueden invocarlas frente al Estado.
La sentencia resuelve la cuestión planteada por un tribunal belga que conoce de la demanda interpuesta por varios habitantes de la Región de Bruselas-Capital (Bélgica) y la organización medioambiental ClientEarth litigan con la Región de Bruselas-Capital y el Instituto para la Gestión del Medio Ambiente de Bruselas para que se determine si se ha elaborado un plan de calidad del aire suficiente para la zona de Bruselas.
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