Diario Constitucional

Contenido económico de las tareas de cuidado personal.

La madre que durante la cuarentena se ocupó de sus hijos en mayor medida que el padre tiene derecho a percibir una compensación.

Las tareas de cuidado personal, son tareas cotidianas que realiza el progenitor que ha asumido el cuidado personal del hijo y tienen un valor económico, constituyendo un aporte a su manutención.

Por Redacción·22 de abril de 2021·2 min de lectura
Imagen: periodismodebarrio.org
Referencial

El Tribunal Colegiado de Familia de Rosario resolvió que, la progenitora que durante todo el periodo de aislamiento social (ASPO) vigente en el país se ocupó de sus hijos en mayor medida que el padre demandado –en contexto de un divorcio o separación-, tiene derecho a percibir una compensación extraordinaria.

La decisión incide en un pedido cautelar de fijación de una cuota alimentaria provisoria y compensación extraordinaria. La actora sostuvo que, atento el cuadro de pandemia, los niños pasaron mucho más tiempo con ella, situación que afectó su disponibilidad laboral y requirió la contratación de personal de ayuda.

El Tribunal dejó asentando que, siendo efectivamente de público y notorio conocimiento el cuadro de ASPO vivido en Argentina en el período denunciado por la actora, es esta la que cargó de manera notoriamente mayor que el demandado, con el “cuidado personal de los niños”.

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