Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Macedonia del Norte vulneró derechos de un grupo de trabajadoras sexuales sometidas a vejaciones durante su detención.
La sentencia del Tribunal de Apelación se limitó a afirmar que las declaraciones fueron contradictorias, pero no explica cuáles eran esas contradicciones en cuanto al fondo de la queja de las demandantes.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Macedonia del Norte por apremiar indebidamente a un grupo de trabajadoras sexuales. Constató una vulneración de los artículos 3 (prohibición de la tortura), 6 (derecho a un proceso equitativo) y 8 (derecho al respeto a la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos
Las accionantes fueron detenidas por la policía durante un operativo en la vía pública. En virtud de una orden judicial, se les obligó a practicarse un examen de detección de enfermedades de transmisión sexual. Además, fueron fotografiadas sin su consentimiento y sus imágenes difundidas en medios de comunicación que no ocultaron sus rostros, los cuales informaron esta noticia con titulares como el siguiente: “Prostitutas obligadas a porras a someterse a un chequeo”.
Tras estos hechos una de las mujeres fue condenada por “propagar enfermedades infecciosas”. Sin perjuicio de lo anterior, demandaron al Estado en sede nacional, alegando haber sufrido vejaciones durante su cautiverio. Sin ir más lejos, refirieron que no se les proporcionó comida, agua y baño, y que sus custodios no atendieron sus necesidades médicas. Asimismo, se quejaron por la difusión de sus identidades en la prensa.
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