Orden de arresto contra el presidente de Rusia está vigente.
Mongolia violó el Estatuto de Roma al no arrestar a Vladimir Putin durante una visita de Estado a su territorio, resuelve la Corte Penal Internacional.
Confirmado el incumplimiento de Mongolia a sus obligaciones conforme al Estatuto de Roma, la Sala remitió el caso a la Asamblea de los Estados Partes (AEP) en virtud del artículo 87 del Estatuto y el Reglamento 109(4), para que la AEP evalúe las acciones correspondientes a seguir en el ámbito de su competencia.

La Corte Penal Internacional (CPI) resolvió por unanimidad que Mongolia violó el Estatuto de Roma al no atender la solicitud de arresto y entrega del presidente de la Federación Rusa, Vladimir Putin, durante una reciente visita a su territorio. Tras esta determinación, la CPI ha remitido el caso a la Asamblea de los Estados Partes (AEP), órgano que supervisa la administración y el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estatuto de Roma.
La Sala de Cuestiones Preliminares II de la CPI concluyó que Mongolia se negó a cooperar con la solicitud de arresto emitida por la Corte en marzo de 2023. Mongolia había presentado una solicitud de consulta al amparo del artículo 97 del Estatuto, aduciendo que dicha acción estaba dentro del marco de cooperación estipulado por el estatuto internacional. Sin embargo, la Sala determinó que la solicitud fue presentada con escasa antelación, lo que impidió a la Corte evaluar y responder de manera adecuada a las cuestiones planteadas antes de la visita del mandatario ruso.
Asimismo, Mongolia alegó que, en su calidad de jefe de Estado, Putin contaba con inmunidad frente a los procedimientos de la CPI, salvo que la Federación Rusa decidiera renunciar a ella. Según Mongolia, el arresto de Putin violaría el derecho internacional en relación con la inmunidad diplomática, en virtud del artículo 98 del Estatuto de Roma.
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