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Opinión.

Pleno del Tribunal Constitucional español cambia su doctrina sobre el derecho a la última palabra.

Se afirma que hasta ahora la sentencia referencia, por la que se regía el Tribunal Constitucional, era la 258/2007, de 18 de diciembre. Esta imponía al recurrente probar de qué forma habría repercutido sobre el resultado de la sentencia condenatoria caso de haber podido hacer uso del derecho a la última palabra.

Por Redacción·25 de febrero de 2021·6 min de lectura
Imagen: El País
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En la publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo «El Pleno del Tribunal Constitucional cambia su doctrina sobre el derecho a la última palabra».

Se afirma que hasta ahora la sentencia referencia, por la que se regía el Tribunal Constitucional, era la 258/2007, de 18 de diciembre. Esta imponía al recurrente probar de qué forma habría repercutido sobre el resultado de la sentencia condenatoria caso de haber podido hacer uso del derecho a la última palabra.

Se ejemplifica con el caso del holandés Jerry Aroon-Kumar Rustveld ha hecho que el Tribunal Constitucional cambie su doctrina sobre este derecho.

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