Datos personales.
Policía y periódico deben indemnizar a mujer por difundir sus datos personales en el marco de un procedimiento policial, resuelve un tribunal argentino.
No obstante que la imagen publicada estaba pixelada en su rostro, se aportaron en tal publicación datos personales -nombre completo, edad y dirección exacta de residencia- que el propietario y editor del medio manifiesta haber sido brindada por la policía interviniente. En el presente caso, lo relevante radica en que la imagen fue revelada sin el consentimiento de su titular, cuya protección encuentra tutela en la ley.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata (Argentina) condenó a la Provincia de Buenos Aires y a un periódico a pagar $800.000 pesos argentinos por la detención arbitraria de la demandante a causa de un error en el registro de capturas, y por la posterior publicación de su fotografía y datos personales en medios digitales sin su consentimiento. La publicación la vinculaba erróneamente con un delito del que había sido absuelta en 2009.
La mujer fue detenida mientras acompañaba a su esposo herido en un hospital, acusada de tener un pedido de captura por homicidio. Aunque fue liberada el mismo día tras verificarse que la orden no estaba vigente, la policía había difundido parte de sus antecedentes, lo que fue replicado por diversos medios, incluyendo el diario demandado, afectando su honor y privacidad.
El fiscal del Estado contestó la demanda, aduciendo que la actora no acreditó el procedimiento policial descripto, ni verificó que el invocado retraso en sede policial obedeció a un presunto pedido de captura, perimido en la actualidad. Agregó que era facultad de la Policía proceder, de oficio, a la detención de los individuos cuando así lo ameritaran determinadas circunstancias, limitar la libertad de las personas a fin de prevenir la comisión de un delito o con la finalidad de identificarlas o para averiguar los antecedentes de los presuntos delincuentes.
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