Diario Constitucional

Investigación sobre tráfico de drogas.

Pruebas recabadas por un agente encubierto en el hogar de un sospechoso son lícitas y no vulneran su derecho a la intimidad, resuelve la Corte Suprema de Costa Rica.

La actuación del agente encubierto se estima lícita, al haber flexibilizado el imputado su derecho a la intimidad cuando permitió el ingreso del efectivo a su vivienda, debiendo descartarse que la investigación realizada resultara arbitraria o desproporcionada.

Por Redacción·20 de febrero de 2023·3 min de lectura
imagen: rtve.es
Referencial

La Corte Suprema de Costa Rica acogió el recurso de casación deducido por el Ministerio Público, resolviendo que la actuación de un agente encubierto en el domicilio de un sospechoso se ajustó a derecho.

Durante una investigación policial sobre tráfico de drogas, un agente encubierto de la policía se relacionó con el investigado con la excusa de querer comprar droga. Tras acudir al inmueble para concretar la transacción realizó grabaciones que posteriormente sirvieron para acreditar la participación del hombre en una red de tráfico. Su trabajo rindió frutos ya que el hombre fue condenado por los delitos de homicidio y venta de drogas.

No obstante, el hombre apeló el fallo alegando la ilicitud de las pruebas recabadas por el agente. El Tribunal ad quem acogió parcialmente el recurso declarando“(…) nulas las compras controladas de drogas, realizadas por el colaborador policial, así como cualquier otra probanza que de estas deriven. Por ello se anula parcialmente la sentencia, únicamente en cuanto a la condenatoria por el delito de venta y posesión de drogas”.

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