Derechos y libertades.
Publican «Las hemerotecas, protegidas contra el derecho al olvido: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos refuta al Constitucional».
La sala de Estrasburgo marca una diferencia entre los buscadores generalistas como Google y las hemerotecas de los medios de comunicación en el alcance del olvido y contradice a los jueces españoles, que las situaron al mismo nivel.

En una reciente publicación del diario español eldiario.es se da a conocer el artículo “Las hemerotecas, protegidas contra el derecho al olvido: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos refuta al Constitucional”.
Se sostiene que el recorrido de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el alcance del derecho al olvido ha durado dos días. Es lo que ha tardado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en refutar la argumentación de los jueces españoles, que este martes fallaron a favor de impedir que una noticia sobre dos detenidas por tráfico y consumo de drogas en 1985 se indexara por sus respectivos nombres en la hemeroteca de El País.
El TEDH, se recuerda en el texto, ha sentenciado este jueves justo lo contrario en la reclamación de dos condenados por asesinato en Alemania en 1993. Estos ciudadanos alemanes reclamaron ser "olvidados" para respetar su intimidad, puesto que ya han cumplido la pena que les impuso la justicia y consideran que las noticias del periódico Der Spiegel y el medio local Mannheimer Morgen sobre el crimen no deben seguir asociadas a sus nombres.
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