Diario Constitucional

Acceso a la justicia

¿Se puede limitar el número de páginas de una demanda y contestación?

La Corte Suprema de la provincia de Santa Fe en Argentina estableció que las demandas y contestaciones no podrán exceder 40 páginas en formato estandarizado de 26 renglones por página y una tipografía legible de al menos 12 puntos.

Por Redacción·02 de noviembre de 2025·1 min de lectura
Imagen: garciaalonso.com.ar
Referencial

La Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe en Argentina anunció una serie de medidas innovadoras destinadas a modernizar y agilizar los procesos judiciales en los tribunales de primera instancia.

Las nuevas disposiciones, que entraron en vigor en noviembre, establecen límites claros en la extensión y formato de las presentaciones judiciales, marcando un hito en la transición hacia un modelo de litigación digital más eficiente.

Los principales cambios apuntan a un límite de extensión de las presentaciones. Así, las demandas y sus contestaciones no podrán exceder las 40 páginas, en un formato estandarizado de 26 renglones por página y una tipografía legible de al menos 12 puntos.

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