Países Bajos.
Si una persona se prepara para un posible enfrentamiento violento, procede la legítima defensa siempre y cuando no sea quien toma la iniciativa de cometer la agresión.
No es desproporcionado dispararle a la víctima cuatro veces si aquella intentó agredir al acusado con un arma blanca en presencia de su hija.

El Tribunal Central de Países Bajos declaró exento de responsabilidad penal a un hombre que asesinó a su vecino por considerar que hubo legítima defensa.
El caso tiene su origen luego que la víctima se dirigió al domicilio del acusado, a fin de manifestarle su enojo por haberlo denunciado por ruidos molestos, para lo cual iba acompañado de un arma blanca, la que pudo ser observada por el acusado una vez que la víctima le tocó el timbre. Tras ello, el acusado rápidamente fue en busca de un arma de fuego y procedió a abrirle la puerta a la víctima, quien se lanza sobre el acusado con el objeto de agredirlo con el cuchillo. No obstante, el acusado le disparó cuatro veces sobre la parte superior de su cuerpo hasta acabar con la vida de la víctima.
El Ministerio Público no sólo consideró que los cuatro disparos fueron desproporcionados, por cuanto se trataba de un arma de fuego versus un arma blanca, sino que además estima que no hubo legítima defensa, ya que en el momento en que vio a la víctima parada frente a su casa, el acusado fue al ático y sacó el arma de una caja fuerte y la cargó con lo que finalmente mató a la víctima luego de abrirle la puerta de su propia casa de manera voluntaria.
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