Diario Constitucional

Con disidencia.

TC de Perú rechaza acción constitucional por cambio de nombre intentado por transexual.

Aduce el fallo que el Derecho no puede abandonar la realidad científica de que el sexo de la persona es su sexo biológico o cromosómico.

Por Redacción·04 de noviembre de 2014·5 min de lectura
TC de Perú rechaza acción constitucional por cambio de nombre intentado por transexual.
Referencial

El TC de Perú, declaró infundado un recurso de agravio constitucional interpuesto por un particular en contra una resolución de la Sala Mixta Descentralizada de la Corte Superior de Justicia de San Martín que, revocando el fallo de primer grado, declaró improcedente una demanda de amparo contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil — RENIEC y el Ministerio Público, en la cual solicitaba el cambio de sexo (de masculino a femenino) en su Documento Nacional de Identidad (DNI) y por consiguiente en su partida de nacimiento, alegando una vulneración a su derecho a la identidad.

En su sentencia, expone la Magistratura Constitucional peruana que, en el caso de autos, en ningún momento aduce el amparado que sea cromosómica, hormonal, gonádica o morfológicamente correspondiente al sexo femenino. Éste, sustenta el reclamo de cambio de sexo en razones exclusivamente de orden psicológico, al señalar que ella no se identifica con el sexo masculino con el que está inscrita, sino con el femenino.

De todo ello, se agrega, queda claro que el recurrente no presenta un caso de intersexualidad o hermafroditismo que haya ocasionado un error al momento de registrar su sexo y que, por tanto, éste deba ser rectificado. Es una persona de constitución sexual masculina en la cual no existen características físicas o funcionales de los dos sexos que permitan clasificarla como intersexual y necesitada del discernimiento del sexo predominante, sino que en ella se presenta una especie de falta de coherencia plena entre el sexo biológico, absolutamente masculino, y un sexo psicológico que le condujo a desear el sexo femenino y, en esa línea, a la práctica de la operación quirúrgica y a un tratamiento hormonal. Se trata pues de un transexual, como afirma el propio recurrente, es decir, de una persona que muestra una incongruencia entre lo psíquico y lo orgánico.

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