Derecho a tutela judicial.
TC español acogió amparo respecto de mujer que sufrió desahucio.
La demandante de amparo solicitó en dos ocasiones la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria al plantear sendas cuestiones prejudiciales en las que se refería a la existencia de dos causas penales que podían incidir en su desahucio.

El TC español dictó sentencia acogiendo amparo incoado por una ciudadana cuyo derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su vertiente de derecho a una resolución motivada, fue vulnerado por un Juzgado de Primera Instancia en el procedimiento de ejecución hipotecaria que pesaba sobre la vivienda en la que residían la demandante y sus hijos.
Al efecto, la demandante de amparo solicitó en dos ocasiones la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria al plantear sendas cuestiones prejudiciales en las que se refería a la existencia de dos causas penales que podían incidir en su desahucio.
En la primera de ellas, formulada el 15 de enero de 2010, alegó la existencia de un procedimiento penal contra su ex cónyuge por un delito de abandono de familia; en la segunda, presentada el 9 de marzo de 2011, alegó la incoación de diligencias contra la entidad bancaria acreedora por posible delito de estafa procesal. Las dos cuestiones prejudiciales fueron rechazadas por el Juzgado de Primera Instancia, que en ambas ocasiones continuó la tramitación del procedimiento hipotecario. Según la demandante de amparo, en su respuesta a la petición de marzo de 2011, el Juzgado se negó a tramitar la cuestión prejudicial sobre la base errónea de que era la referida al ex marido y ya la había resuelto con anterioridad.
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