No queda amparada por libertad de expresión.
TEDH rechazó demanda de una ciudadana austríaca que acusó a Mahoma de pederasta.
Expone el fallo que los tribunales austriacos al condenarla no violaron su libertad de expresión.

Recientemente, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), rechazó la demandada interpuesta en contra del Estado de Austria que condenó a una mujer por calificar a Mahoma de pederasta.
Cabe recordar que la mujer, identificada únicamente por sus iniciales E.S. y nacida en 1971, en el año 2009 organizó unos seminarios que llevaban por título "Informaciones de base sobre el islam". En esas charlas, E.S. indicó que Mahoma se casó con una niña de 6 años, Aisha, con la que mantuvo relaciones sexuales desde los 9 años, agregando que al profeta "le gustaba hacerlo con niños", para preguntarse "si eso no es pederastia". Eso le valió una multa de 480 euros y el pago de las costas judiciales del proceso en el que fue condenada.
En su sentencia, la Magistratura Europea arguyó que los tribunales austríacos, "explicaron de forma exhaustiva" el motivo por el que esas declaraciones "eran susceptibles de provocar una indignación justificada", recordando, empero, que los fieles de cualquier religión no pueden pretender estar a resguardo de críticas y deben "tolerar y aceptar que otros rechacen sus creencias religiosas".
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