Diario Constitucional

Indemnización de perjuicios por incumplimiento de contrato.

Tribunal de Argentina condena a aerolínea indemnizar a una pareja de turistas por cancelar intempestivamente su vuelo a Brasil.

El incumplimiento del contrato de transportes vulneró el derecho de los turistas a escoger cómo y dónde ocupar el tiempo de su vida.

Por Redacción·31 de marzo de 2022·2 min de lectura
Imagen: TurismoCasual.
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Un Tribunal de Buenos Aires (Argentina), condenó a una aerolínea al pago de una indemnización de perjuicios a dos turistas por cancelar su vuelo a Brasil de forma repentina, lo que les ocasionó gastos imprevistos en hoteles, transportes, entre otros. La empresa no logró acreditar que el vuelo fue cancelado por problemas técnicos imprevisibles del avión.

Los actores reclamaron diversas indemnizaciones en dólares debido a que incurrieron en gastos adicionales tanto en Argentina, como en Brasil, ya que, con la cancelación del vuelo, tuvieron que asumir el pago de un hotel para pasar el tiempo de espera y comprar nuevos pasajes de avión en otra aerolínea para alcanzar un crucero que abordarían en su destino en Sao Paulo, con un menor de veintitrés meses.

El Tribunal, se refirió a la solicitud de la indemnización en dólares, precisando que la demanda se encuadra dentro del Convenio de Montreal que establece que las indemnizaciones por los daños causados por retrasos en el transporte de personas, que sean imputables al transportista, en este caso la aerolínea, son definidos por el Fondo Monetario Internacional, por lo que en los procedimientos judiciales, deben ser convertidos a monedas nacionales al valor de dichas divisas a la fecha de la sentencia, lo que faculta al tribunal a proceder con la indemnización en la forma solicitada.

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