Violación al derecho a la vida privada.
Tribunal Europeo de DDHH: petición de persona transexual masculina para reasignación de género es rechazada sin fundamento por la justicia búlgara.
El rechazo de su solicitud le provocó diversos sentimiento de vulnerabilidad, humillación y ansiedad.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sostuvo de forma unánime en el caso Y.T. c. Bulgaria, que hubo una violación al artículo 8, derecho al respeto por la vida privada y vida familiar, de la Convención Europea de Derechos Humanos.
El caso involucra a una persona transexual (Y.T.) quien había cambiado su apariencia física y presentado una solicitud para resignar su género de femenino a masculino, la cual fue rechazada por la corte búlgara. El denunciante señaló que se dio cuenta de su identidad de género masculina durante la adolescencia y que ha vivido en sociedad como hombre.
El Tribunal observó que las autoridades judiciales habían establecido que Y.T. había empezado un proceso de transición de género, cambiando su apariencia física, y que su identidad social y familiar ya estaba definida como masculina desde hace muchos años. Sin embargo, la justicia búlgara señaló que considerando el “interés público”, el cambio de sexo registral no podía ser permitido, si especificar la naturaleza de este “interés público y sin sopesar ese interés con el derecho del denunciante a un reconocimiento legal de su identidad de género.
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