Diario Constitucional

Con disidencia.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos acoge demanda de periodistas que utilizaron cámara oculta en reportaje.

El fallo fue adoptado con el voto disidente del Juez Paul Lemmens, quien manifestó que los periodistas fueron condenados por la grabación y difusión de una conversación no pública, prohibida por la norma penal aplicable, cualquiera que sea su finalidad, periodística u otra.

Por Redacción·06 de marzo de 2015·3 min de lectura
Tribunal Europeo de Derechos Humanos acoge demanda de periodistas que utilizaron cámara oculta en reportaje.
Referencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia en el caso “Haldimann and Others v. Suiza”, en la que condenó al Estado suizo por considerar que existió violación del derecho a la libertad de expresión, contemplado en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).

Al efecto, cabe recordar que los demandantes -un grupo de periodistas de nacionalidad suiza-, en el marco de un documental sobre ventas de productos de seguros de vida, grabaron reuniones entre clientes y corredores, utilizando una cámara oculta, de modo tal que, al final de cada sesión, el periodista entraba en la respectiva sala y comunicaba al corredor de seguro que había sido filmado.

Conforme a lo anterior, en noviembre de 2007 los profesionales fueron declarados culpables por las grabaciones realizadas con cámara oculta, imponiéndoseles diversas sanciones de multa, las que, sin embargo, por sentencia del Tribunal Supremo del cantón de Zúrich de 24 de febrero de 2009, fueron reducidas.

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