Obra de arte.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que el Estado Español no está obligado a pagar sumas de dinero disputadas a raíz de “la Condesa de Chinchón”, obra de arte de Francisco de Goya.
La situación se origina cuando los antiguos propietarios de la referida pintura del artista aragonés, decidieron venderla. Luego de rechazar diversas ofertas provenientes de prestigiosos museos -como el Museo del Prado y la Academia de Bellas Artes- el Estado Español ejerció su derecho de adquisición preferencial reconocido en la ley sobre patrimonio histórico nacional de ese país, haciéndose entrega de la obra en febrero de 2000 a cambio de una cifra cercana a los 25 millones de euros.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos declaró que no existe la obligación de pagar intereses por la mora en el pago del precio de “La Condesa de Chinchón”, famosa obra de arte del pintor y grabador español, Francisco de Goya y Lucientes.
La situación se origina cuando los antiguos propietarios de la referida pintura del artista aragonés, decidieron venderla. Luego de rechazar diversas ofertas provenientes de prestigiosos museos -como el Museo del Prado y la Academia de Bellas Artes- el Estado Español ejerció su derecho de adquisición preferencial reconocido en la ley sobre patrimonio histórico nacional de ese país, haciéndose entrega de la obra en febrero de 2000 a cambio de una cifra cercana a los 25 millones de euros.
Después de varias contiendas de carácter judicial y administrativo para obtener el pago de la deuda contraída, el Estado Español la solventó en dos cuotas: una de ellas pagada en enero del año 2001 –por un monto cercano a los 15 millones de euros– y la segunda a mediados del mismo año por el saldo insoluto.
Te puede interesar

En caso de prostitución infantil.
Corte Constitucional de Italia declaró inconstitucional norma aprobada por el Parlamento de ese país que permitía suspender la comparecencia judicial del Primer Ministro y su Gabinete.

Por obtención de prueba ilícita.
CS de Colombia declaró ilícitas pruebas obtenidas por el Ejército de ese país una vez ejecutado el ataque militar a un campamento guerrillero situado en Ecuador.

Por vulnerar el debido proceso.
CS de Estados Unidos confirmó fallo que declaró inconstitucional decisión adoptada por Tribunal de Ohio que condenó al acusado a pena muerte sin cumplir el estándar de convicción exigido.

