Caso Perovy c. Rusia.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que una bendición en el contexto escolar no vulnera la libertad de culto.
Padres reclaman que su hijo fue obligado a participar de la bendición de su sala de clases.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determinó que Rusia no vulneró el artículo 2 del Protocolo 1 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho a la educación, ni tampoco el artículo 9 de la Convención que establece la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
El caso expuesto dice relación con el rito de la iglesia ortodoxa rusa de bendecir una sala de clases. Los denunciantes son los padres de un niño que, acorde a su declaración, fue obligado a participar en este rito al iniciar el año escolar a pesar de que los padres no habían sido informados. Señalan que la escuela no respetó su derecho a educar a su hijo en conformidad con sus creencias religiosas.
El Tribunal consideró que la ceremonia había sido un evento aislado, limitado en alcance y duración y, sin ninguna intención de adoctrinamiento religioso por parte de la escuela. Acorde a la justicia nacional, se advirtió que el hecho fue un error de juicio de parte de la profesora, el cual fue rectificado por la escuela a través de sanciones.
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