Reino Unido.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncia sobre vulneración de privacidad por vigilancia encubierta de consultas legales.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia en el caso “R.E. v. Reino Unido” y declaró vulnerado el derecho a la vida privada y familiar, en lo que respecta a la vigilancia encubierta de consultas legales.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia en el caso “R.E. v. Reino Unido” y declaró vulnerado el derecho a la vida privada y familiar, en lo que respecta a la vigilancia encubierta de consultas legales.
En su sentencia, el TEDH sostiene haberse producido una violación del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), toda vez que, considerando los principios desarrollados por el TEDH en el ámbito de la interceptación de llamadas telefónicas entre abogado y cliente, que exigen garantías rigurosas, éstos deben aplicarse a la vigilancia encubierta de las consultas entre un abogado y su cliente en una comisaría de policía.
De otro lado, se expone que las directrices que pueden darse para el uso, almacenamiento y destrucción de material seguro obtenido a través de este tipo de vigilancia encubierta han sido implementadas en el Reino Unido, sin embargo, en el momento de la detención del demandante, esas directrices no estaban en vigor.
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