Transporte Público.
TS de España acogió recurso de casación de Municipalidad y fijó el sistema de descanso obligatorio del taxi en Madrid de un día fijo semanal.
Respecto del recurso de la Asociación de Empresarios Madrileños del Taxi se rechazó el argumento de la vulneración de derecho de la Unión Europea.

El Tribunal Supremo de España acogió el recurso de la Municipalidad de Madrid que impugnó la anulación por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid del descanso obligatorio a través de un día fijo semanal en razón del número ordinal en que terminen las licencias, fijado en el artículo 37 de la Ordenanza municipal reguladora del taxi.
El Máximo Tribunal ibérico revocó la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid porque careció de prueba alguna para sostener que la carga de trabajo no es idéntica un lunes que un viernes. Añadió que puede haber una amplia carga de trabajo cualquier día de la semana si acontece alguna actividad de las múltiples que notoriamente se desarrollan en la capital de España.
El Tribunal Supremo señaló en su sentencia que una cuestión distinta es lo que acontezca con la futura Ordenanza a aprobar por el Ayuntamiento de Madrid que debe adaptarse al nuevo Reglamento aprobado por la Comunidad de Madrid, Decreto 35/2019 que modificó el anterior.
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