Diario Constitucional

Exclusión indebida de prueba.

TS de España determina nulidad de un proceso respecto de acusado de violar a expareja que se habría realizado vasectomía.

La sentencia anulada consideró probado que el condenado agredió sexualmente a su expareja en el domicilio de ésta, donde aún vivía pese a que tenían problemas de convivencia.

Por Redacción·02 de diciembre de 2016·3 min de lectura
TS de España determina nulidad de un proceso respecto de acusado de violar a expareja que se habría realizado vasectomía.
Referencial

El Tribunal Supremo de España anuló la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que condenó a un hombre a nueve años de prisión por violar a su expareja, toda vez que en el juicio no se admitieron las pruebas que solicitó, entre ellas un documento que acreditaría que al acusado le habían realizado una vasectomía ocho días antes de la violación.

El Tribunal Supremo ordenó que se celebre un nuevo juicio, por un tribunal distinto al que dictó la sentencia recurrida, y que declare pertinentes dos de las tres pruebas planteadas por la defensa del condenado, estas son a saber, la incorporación del escrito sobre la intervención quirúrgica y de un plano de la vivienda de una testigo que declaró en la causa.

Asimismo, el Tribunal entiende que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva del acusado, provocándole indefensión, en la valoración que la Audiencia Provincial de Valencia hizo de otras pruebas que sí fueron admitidas en el proceso.

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