Ley 17.319.
CS de Argentina declaró procedente queja de empresa petrolífera en caso de fijación de un precio base para pago de regalías.
Cabe recordar que el fondo del asunto controvertido se refiere a la competencia de la Subsecretaría de Combustibles de la Nación.

La Corte Suprema de Argentina acogió un recurso de queja, respecto de una sentencia dictada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de La Pampa, que declaró inadmisible el recurso extraordinario deducido por Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) contra el pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, en relación a un proceso de apremio donde las cuestiones debatidas podían ser replanteadas en un juicio ordinario posterior, de acuerdo con el artículo 261 del Código Procesal Civil y Comercial provincial.
Cabe recordar que el fondo del asunto controvertido se refiere a la competencia de la Subsecretaría de Combustibles de la Nación de fijar, de manera unilateral, un precio base para el pago de las regalías, prescindiendo del efectivamente obtenido o facturado, pues ello contravendría la ley 17.319 de aquel país y sus normas reglamentarias
El fallo estimó que no correspondía referirse a la constitucionalidad del precepto mencionado, pues el recurrente no había rebatido el minucioso desarrollo que había realizado la Cámara. Disconforme con tal pronunciamiento YPF interpuso recurso extraordinario federal, cuya denegación originó la presente queja.
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